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Circular 031/2022 – La Audiencia Provincial ratifica la condena al Banco Sabadell por vincular una hipoteca a un seguro de vida a 20 años

La Audiencia Provincial ratifica la condena al Sabadell por vincular una hipoteca a un seguro de vida a 20 años
● El banco deberá devolver la prima abonada, la parte no consumida y los intereses del contrato de Seguro de Vida
● El Colegio de Zaragoza respaldó pública y económicamente la reclamación cuya sentencia fue favorable el pasado año

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ratificado la condena a Banco Sabadell por mala praxis en la comercialización de seguros al vincular a la concesión de una hipoteca, una póliza de Vida a 20 años.

El Juzgado número 12 de Primera Instancia de Zaragoza condenó el año pasado al banco al estimar que había obligado al cliente a contratar una póliza que beneficiaba injustificadamente a la propia entidad y a sus sociedades y obligó a la entidad financiera a devolver al cliente la prima abonada más los intereses, así como el pago total de las costas.

El Colegio de Mediadores de Seguros Zaragoza respaldó económicamente la demanda del cliente contra la entidad financiera dentro de sus acciones contra las malas prácticas en la profesión. Imponerle un seguro y el cobro de su correspondiente prima de forma anticipada, que ascendía a más de 20.700 euros, es ilegal y vulnera varias leyes.

Tras el recurso de apelación presentado por el Banco Sabadell, la Justicia ha vuelto a dar la razón al demandante por lo que deberá proceder a la devolución de la prima abonada y la parte no consumida de los próximos años, así como los intereses generados en este tiempo.

El abogado del Colegio de Zaragoza, José Luis Carrera, considera que la segunda sentencia contra el Sabadell “confirma los elementos esenciales que tuvo en cuenta el juzgado de primera instancia, al considerar que la práctica del banco fue abusiva y contraria a los intereses del cliente”.

La sentencia entiende, según el abogado del Colegio, que “no hubo transparencia en la venta de esos contratos por parte de la entidad al no informar al cliente de las consecuencias económicas del pago de la prima única, que iba a costarle más dinero por la financiación y que no se iba a poder desvincular de ese contrato durante los 20 años que duraba”.

También subraya el letrado que la sentencia demuestra “un desequilibrio muy importante entre los derechos y obligaciones de las partes, ya que la prima única financiada no aporta ninguna ventaja al cliente -ya que una prima anual sería suficiente para tener un seguro de vida- creándole unos problemas de vinculación de 20 años y teniendo que pagar intereses de esa prima”.

Los Colegios de Mediadores de Seguros confían en que esta sentencia sea ejemplarizante para combatir la mala praxis bancarias. Actualmente hay dos demandas más interpuestas contra el Sabadell por presuntas malas prácticas en la venta de seguros.

Esperando sea de vuestro interés, recibid un cordial saludo.

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