Estimados/as Colegiados/as,
El BOE ha publicado la Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de empresas de mediación de seguros privados.
Su ámbito temporal abarca desde 1 de enero de 2023 hasta 31 de diciembre de 2026, con las salvedades y efectos específicos que se establecen para determinadas materias en las correspondientes normas y disposiciones transitorias.
El Convenio entrará en vigor el 5 de diciembre, 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Mantendrá su vigencia general hasta el 31 de diciembre de 2026, salvo en aquellas materias para las que se disponga una vigencia distinta.
Sin perjuicio de un análisis más detallado, las principales novedades son:
-Se contempla la realidad del teletrabajo sometido a determinadas condiciones. La compensación de 1€/día por teletrabajo entrará en vigor a la fecha de publicación del convenio, sin que tenga efectos retroactivos a 1 de enero 2023.
-Período vacacional: un día más de vacaciones a los empleados con más de 20 años de antigüedad.
-Jornada Laboral Anual: se fija en 1.720 horas.
-Incremento salarial, conforme el siguiente cuadro:
-El incremento salarial del 4% tendrá efecto retroactivo desde 1 de enero de 2023, pero no las tablas salariales, que entrarán en vigor a partir del 1 de diciembre del 2023
–Seguro de Convenio: como novedad y conforme trabajó el Consejo General, se ha introducido como exclusión de cobertura, las habituales de las pólizas de seguro de vida. El Consejo General está contactando con diferentes aseguradoras para conseguir una oferta lo más ajustada posible.
-Premio Jubilación: la última aportación al premio de jubilación se realizará el 31 de diciembre de 2025. En esa fecha, la empresa deberá informar a sus trabajadores del número de pagas que cada uno haya generado hasta esa fecha.
-Plan de aportación definida: obligatorio a partir del 1 de enero de 2026. Se deberá aportar un 1,5% del salario base del año anterior. La aportación deberá realizarse antes del 30 de septiembre de cada año.
El contenido completo del nuevo convenio está disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/boe/dias/2023/11/15/pdfs/BOE-A-2023-23188.pdf
Adjunta a esta circular se encuentra un cuadro comparativo con las principales modificaciones entre el convenio firmado ahora y el último, vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Atentamente