Preblac
La normativa vigente y de obligado cumplimiento para los CORREDORES y CORREDURÍAS DE SEGUROS (que gestionen productos de Vida, Financieros y Fondos de Pensiones), en materia de prevención de blanqueo de capitales, establece que se deben adoptar diversas medidas como el registro en un fichero especial en SEPBLAC (Servicio de Prevención de Blanqueo Capitales del Banco de España), designación de un representante, elaboración de un manual de procedimientos, formación, comunicaciones periódicas al SEPBLAC y examen externo (auditoría) para certificar el cumplimiento de todas las obligaciones.
Para poder cumplir con esta normativa legal, nuestro Colegio tiene concertado un acuerdo con una consultora especializada, al que os podéis suscribir remitiendo el boletín de adhesión que observaréis.