El Delegado Territorial del País Vasco del Consorcio de Compensación de Seguros, Ricardo Blanco, hace especial mención al artículo al que se refiere la reciente Sentencia del Tribunal Supremo relativa a los impagos de primas sucesivas y sus efectos en los siniestros de RR.EE. Esta cuestión viene suponiendo importantes problemas en la gestión de siniestros, especialmente de inundación, y en su opinión entre todos se debe realizar un esfuerzo para evitar en la medida de lo posible estas situaciones de rechazo de siniestros (desde el C.C.S.) por encontrarse los mismos en el periodo de suspensión de efectos de la póliza.
Por parte de esta Entidad Pública, cree necesario que se conozca el esfuerzo para evitar estas situaciones, como, por ejemplo, la que tuvo lugar en noviembre de 2015 creándose una fórmula para evitar, en los complejos casos de renovación de dificultosos programas (muchas veces internacionales) y especialmente del denominado “gran riesgo”, consistente (de forma muy resumida) en el abono dentro del mes de gracia del 50 % del recargo de RR.EE. de la anualidad anterior, junto al mismo 50 % de la prima de la aseguradora de la anualidad anterior. Todo ello sin olvidar lo establecido en el Art. 11 del Reglamento de Riesgos Extraordinarios (Cartas de garantía).